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  • Foto del escritorEspacio Setalde

¿En qué casos necesitas una licencia de obras y en cuáles no?

Las competencias de las Licencias de obras, deben de solicitarse al Ayuntamiento que nos corresponde, ya que depende de estos y cada uno tendrá en vigor diferente ordenanzas municipales.


Dependiendo del tipo de obra, necesitaremos unos documentos u otros, se suelen dividir en 2 tipos de obras: obra mayor u obra menor:

  • Obras mayores: Afectan a la estructura del edificio, se necesitará presentar un proyecto firmado por un arquitect@ más las documentaciones legales que especifique el Ayuntamiento. Primero hay que presentar estos documentos y luego nos darán el permiso de obra o no, pero hasta que el Ayuntamiento nos de el OK no podremos llevar nada a cabo. Éstas obras pueden ser:

  • La redistribución de la casa, pasar a tener más habitaciones o cambiar el baño o cocina de lugar.

  • Reformas que afectan en la estructura (pilar, viga, pared maestra, suelo, techo -forjado-, cubierta), o a un un elemento comunitario (paredes, terrazas, balcones, patios...)

  • Reformas que aumenten la superficie inicial (cerramientos en terrazas o patios)

  • Reformas que implican un cambio de uso de local a vivienda.

  • Obras menores: Reformas sencillas que sí llevan un trámite, pero en las que no es necesaria la intervención de un ingeniero o arquitecto técnico. Éstas pueden ser:

  • Cambios de ventanas, barandillas o persianas-Instalaciones de fontanería, electricidad o calefacción entre otras.

  • En otros Ayuntamientos no hace falta aportar ninguna documentación solo se comunica la obra mediante un formulario. Estos tipos de obras están definidas en el Plan General de la Ordenación Urbana, y en la Ley de Ordenación de la edificación, donde se establece qué tipos de obras requieren arquitecto, aparejador o arquitecto técnico.

¿Para qué NO necesitamos licencia de obras? Por lo general se exime de comunicación y licencia: trabajos de soldadura, alicatados, enyesados y pintura. Por otro lado, los permisos de obras no son gratuitos y tendremos que pagar una serie de tasas, que serán diferentes dependiendo del Ayuntamiento.


Después de toda esta información nuestra principal recomendación es que cuando tengamos pensado llevar a cabo una obra, primero nos pongamos de acuerdo con nuestro Ayuntamiento, este nos dará las pautas legales de nuestra zona.

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